Siempres oyes a los autónomos quejarse del IVA que han tenido que pagar ese trimestre. Se entiende que cuando las cosas te van lo suficientemente bien como pagar 5.000 o 6.000.-€ de IVA al trimestre, pero no tan bien como para estar haciéndote de oro,.... hombre, da rabia tener que apartar este dinero.
Lo que hay que tener en cuenta es primero, que ese dinero nunca fue tuyo - El IVA es un impuesto indirecto porque un tercero es quien "recauda" ese dinero, es decir, no vas a Hacienda y lo pagas, compras y ya se lo pagas al empresario que después tendrá que ir a depositarlo.-Segundo, nos podemos encontrar con dos casos:
- Por un lado,que el IVA nos salga a devolver, es una liquidez que entra a mayores. Aunque realmente es n dinero que ya habías pagado y que ahora te devuelven simplemente, es como si lo hubieras ahorrado y ahora en un momento determinado lo vuelves a utilizar.
- Por otra lado, que salga a pagar, tendrás que pagar esa cantidad pero es algo que has cobrado antes y que no era tuyo.
En cualquiera de los dos casos, ya sea que al cabo de los tres meses haya que pagar o cobrar o compensar, es un dinero que puede ser muy útil en la empresa y de hecho, determinante en algunos casos para ajustar la política de cobros y de pagos en la empresa.
Como digo siempre, lo más importante es la planificación. Se puede preparar un muy buen plan de tesorería teniendo en cuenta los pagos y las devoluciones de IVA. Hay que tener en cuenta que son importes que, aunque no supongan un ingreso real, es dinero que permanece un tiempo en la empresa y que, como digo, nos permite retrasar o adelantar pagos.
Pero no podemos olvidarnos de la planificación, sería un desastre de política valerse de ese dinero sin saber que el día x contaremos con otras entradas de tesorería para hacer frente al pago del impuesto.
Hay distintas corrientes de dinero que pasan por una empresa y que no utilizarlas es una auténtica locura ya que obviarlas supone alguna de las financiaciones más caras que puede haber. La próxima vez os comento lo caro que puede resultar obviar el descuento por pronto pago de proveedores.
María F.
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